El Poder Ejecutivo solicitó retirar del Senado provincial pliegos de jueces y fiscales

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Miércoles 9 de Septiembre de 2020 – El Poder Ejecutivo provincial solicitó al Senado provincial la devolución de 42 pliegos para cubrir cargos judiciales. El envío de los pliegos para el acuerdo había sido realizado por la ex gobernadora María Eugenia Vidal entre junio y agosto de 2019.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, explicó que “dado el tiempo transcurrido y a la existencia de numerosos hechos sobrevinientes desde su envío —algunos de notoria gravedad–, corresponde que el Senado devuelva los pliegos para que el Ejecutivo reevalúe pormenorizadamente cada uno”.

Alak sostuvo que el art 175 de la Constitución Provincial habilita la devolución de los pliegos requeridos, en tanto faculta al Poder Ejecutivo a designar a los jueces y miembros del Ministerio Público de una terna vinculante propuesta por el Consejo de la Magistratura. Subrayó, asimismo, que la posibilidad del Ejecutivo de reexaminar los pliegos enviados al Senado ante hechos sobrevinientes ha sido expresamente reconocida por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia en el fallo “Decastelli”.

En la misma línea, el ministro recordó que existen numerosos antecedentes de devoluciones de pliegos del Senado al Ejecutivo. El más reciente, recordó, es el pedido efectuado por la ex gobernadora María Eugenia Vidal a poco de asumir, a través del responsable de la cartera de justicia, Carlos Mahiques.

Como consecuencia de ese requerimiento, el 18 de marzo de 2016, la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado —presidida entonces por la legisladora Nidia Moirano— y el vicegobernador Daniel Salvador remitieron en devolución al Poder Ejecutivo los 126 pliegos de jueces y miembros del Ministerio Público que el ex gobernador Daniel Scioli había girado en agostos del 2015.

El Poder Ejecutivo se comprometió a realizar la tarea de reevaluación de los pliegos, en el marco de las ternas elevadas por el Consejo de la Magistratura, en un plazo perentorio de sesenta días corridos desde el momento en que el Senado proceda a su devolución.

Fuente: gba.gob.ar/justicia

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