Amplían los horarios de circulación en la vía pública y en los comercios

0

Sábado 19 de Junio de 2021 – En el marco de la situación sanitaria actual por la pandemia de Coronavirus, desde la Municipalidad dispusieron flexibilizar algunas medidas a partir de ayer.

La circulación en la vía pública será entre las 6 y las 23 hs, la apertura de los comercios de cercanía (almacenes, kioscos, entre otros) hasta las 22 hs y la ampliación, también hasta las 22 hs, en los locales de actividad gastronómica (restaurantes, bares, pubs, cafeterías, rotiserías, heladerías), manteniéndose el servicio de delivery hasta las 24 hs.

Los anuncios se dieron luego de una reunión entre el secretario de Gobierno Gustavo Marchabalo, y la subsecretaria de Desarrollo Económico y Productivo Clarisa Fabris, con el Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Trenque Lauquen Ignacio Concepción.

Por otro lado, la actividad comercial en general seguirá con el tope horario de las 20 hs. También, y a partir de la Decisión Administrativa nº607 del gobierno nacional, quedó habilitada la reanudación de actividades en cines, con 30 % de aforo, así como también quedaron habilitados los teatros y salas de espectáculos de centros culturales, que tendrán un 50 % de aforo sin expendio de bebidas y comidas. A su vez, el gobierno provincial permitió la realización de eventos religiosos en templos y lugares cerrados con un aforo del 30 %.

Cabe destacar que el distrito se encuentra en Fase 2, junto a otros 69 municipios de la provincia de Buenos Aires, mientras que 60 están en Fase 3 (40 de ellos del AMBA) y cinco en Fase 4.

Para consultas en general, el municipio tiene a disposición el Centro de Atención Comunitaria: 147, entre las 7 y las 19 hs.

Medidas en Fase 2

– Circulación de personas: Permitido entre las 6 y las 23hs, con excepción de:
a) Las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales, establecidos en el artículo 11 del Decreto Nacional N° 125/21 y su modificatorio, en las condiciones allí establecidas, quienes podrán utilizar a esos fines el servicio público de transporte de pasajeros
b) Las personas afectadas a las actividades industriales que se encuentren trabajando en horario nocturno, de conformidad con sus respectivos protocolos de funcionamiento.
c) Las personas que deban retornar a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo o concurrir al mismo. Dicha circunstancia deberá ser debidamente acreditada.

Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a tal fin (Se obtiene de la aplicación Cuidar) Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada

–Actividades comerciales en general: Permitido entre las 6 y las 20 hs.

–Actividades desarrolladas en comercios gastronómicos

-Restaurantes, Bares, Pubs-: Permitido entre las 6 y las 22 hs. Aforo 30 %.

– Delivery: Permitido de 6 a 24 hs. (Con autorización del dueño del local)

– Comercios de cercanía -almacenes, despensas, kioscos: Permitido hasta las 22 hs

– Ferias y Mercados de alimentos y artesanías en espacios al aire libre: Permitido

– Reuniones sociales y familiares en domicilios particulares: No está permitido

– Actividades/Reuniones Sociales en espacios públicos: No está permitido

– Salas de cine: Permitido. Aforo 30 %

– Jardines Maternales y Centros de Atención de Desarrollo Infantil (CADI): No está permitido

– Clases presenciales en todos los niveles y modalidades (salvo Educación Especial / Conforme Decreto Nacional nº287/21): No está permitido

– Talleres culturales al aire libre o en espacios cerrados con amplia ventilación natural: Permitido hasta 10 personas.

– Artes escénicas y musicales (con y sin asistencia de espectadores): Permitido. Aforo 50 %. Sin expendio de bebidas y comida.

– Eventos religiosos en espacios cerrados: Permitido. Aforo del 30 %

– Museos: No está permitido

– Bibliotecas: No está permitido

– Gimnasios/Academias de Danza/Deportes: Permitido hasta 10 personas, con aforo del 30 %

– Natatorios en espacios cerrados: Permitido hasta 10 personas, con aforo del 30 %

– Actividades deportivas/recreativas grupales sin contacto al aire: Permitido hasta 10 personas

– Actividades deportivas individuales al aire libre (según Res 2653/2020): Permitido

– Competencias de Automovilismo y Motociclismo: Permitido sólo competencias oficiales Nacionales (no provincial ni regional)

– Salones de fiesta, establecimientos afines y discotecas: No está permitido

– Viajes grupales: No está permitido

– Expendio de combustibles / Farmacias: Permitido las 24hs

– Comercios, oficinas y trabajos en general: Se sugiere adoptar las medidas de seguridad que a continuación se establecen, más allá de las recomendaciones generales:
a) Atención por turnos (no atención espontánea)
b) Conformación de grupos de trabajo
c) Trabajo desde casa en aquellos casos en que sea posible.

Fuente: trenquelauquen.gov.ar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.