Municipio x Municipio: las actividades exceptuadas por la cuarentena

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A partir de la Decisión Administrativa 524/2020 adoptada por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, por la cual se exceptúa a determinadas actividades y servicios del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), el gobierno de la provincia de Buenos Aires procedió a implementar un mecanismo de consultas y validación de las excepciones de manera conjunta con sus 135 municipios.

Como resultado, se han recibido 537 solicitudes de actividades y servicios a ser exceptuados del ASPO por parte de 72 municipios. En ese sentido, luego de realizar un exhaustivo análisis de la información, se dispuso lo siguiente:

1. Exceptuar del ASPO a las siguientes actividades y servicios que se listan a continuación para cada uno de los municipios que hicieron una presentación apropiada de los distintos protocolos sanitarios y de funcionamiento:

  1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
  5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  7. Ópticas, con sistema de turno previo.
  8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

Total de Municipios: 28

DISTRITOInciso 1Inciso 2Inciso 3Inciso 4Inciso 5Inciso 6Inciso 7Inciso 8Inciso 9
ADOLFO ALSINA   X  X  
ALBERTIXXXXXXXXX
AVELLANEDAXXXXXXXXX
BALCARCE   XX    
CHIVILCOYXXXXXXXXX
CORONEL ROSALESXXXXXXX X
EXALTACIÓN DE LA CRUZXXXXXXXXX
GENERAL BELGRANOX  XXXX  
GENERAL LAS HERAS   X     
LA PLATAX  XXXX X
LAPRIDA   X     
LOBOSXXXXXXXXX
LOMAS DE ZAMORAXXXXXXXXX
MAIPÚ  XX XX  
MERCEDES   XXXX  
MORÓNXXXXXXXXX
NECOCHEA      X  
OLAVARRÍA      X  
RAMALLOXXXXXXXXX
SAAVEDRAXXXXXXXXX
SALLIQUELÓX XXXXX  
SAN ANTONIO DE ARECOX   XXX  
SAN ISIDROXXXXXXXXX
SAN PEDROXXXXXXXXX
SAN ANDRÉS DE GILESXXXXXXXXX
SUIPACHAXXXXXXXXX
TAPALQUÉ   X  X  
VILLA GESELL   X     

Fuente: gba.gob.ar/comunicacion

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