Necochea: Pymes pueden inscribirse en el programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción

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Prensa Necochea

La Subsecretaría de Producción, junto a la Secretaría de Turismo, anunció la apertura de un programa por parte del gobierno nacional destinado a ayudar a pequeñas y medianas empresas ante la pandemia del Coronavirus COVID-19.

El “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, está destinado a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria y permite la obtención de uno o más beneficios.

Los empleadores deben ingresar con clave fiscal, nivel de seguridad 3 o superior, al servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, hasta el día 15 de abril de 2020.

Desde la cartera a cargo de Matías Sierra, se indicó que quienes se inscriban en dicho programa envíen un mail a producción@necochea.gov.ar para que desde allí se le brinde asistencia en la continuidad del trámite ante Nación.

Algunos de los beneficios del programa:

  • Postergación de pago o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al SIPA.
  • Se amplía el plazo para pago de las contribuciones patronales del SIPA.
  • Se reduce hasta el 95% de las contribuciones patronales del SIPA de abril de 2020.
  • Este beneficio aplica únicamente para empleadores con no más de 60 empleados en relación de dependencia registrados al 29 de febrero de 2020.
  • Quienes cuenten con más de 60 empleados y deseen acceder a este beneficio, deberán tramitar el Procedimiento preventivo de crisis de empresas ante el Ministerio de trabajo.
  • Asignación compensatoria al salario – Para empleadores que tengan hasta 100 trabajadores.

El monto se determinará de la siguiente forma:

  • Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario bruto, con un valor máximo de 1 Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
  • Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores 100% del salario bruto, con un valor máximo de hasta un 75% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
  • Para los empleadores de 61 a 100 trabajadores: 100% del salario bruto, con un valor máximo de hasta un 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
  • La asignación compensatoria se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones del personal afectado, por lo que los empleadores deberán abonar el saldo restante hasta completarlas.

Al solicitar el beneficio el empleador deberá retener la parte correspondiente a los aportes al SIPA, obra social y el aporte al INSSJP. En caso que el empleador suspenda la prestación laboral, el monto de la asignación se reducirá en 25% y podrá ser considerada como parte de la prestación no remunerativa.

REPRO: Asistencia por emergencia sanitaria – Para empresas con más de 100 trabajadores.

Consiste en una asignación que no contribuye al SIPA y que se realizará a través del Programa de Recuperación Productiva. Está dirigido a las empresas que no reciban el beneficio de asignación compensatoria, siempre que cumplan con los requisitos y no se encuentren excluidos. El monto será de un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000 por trabajador.

Fuente: necochea.gov.ar

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