Se amplió el listado de actividades esenciales durante la emergencia

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Por medio del decreto 450/2020, publicado hoy en el boletín oficial, el Gobierno Nacional amplió el listado de actividades y servicios considerados esenciales con el objetivo de mitigar los efectos económicos de la cuarentena por el coronavirus.

Las actividades que se agregarán son las que están vinculadas a la construcción, minería, fabricación de maquinaria agrícola, mutuales y cooperativas de crédito, además de empresas relacionadas con el comercio exterior, entre otras.

El listado

– venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones

– actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera

– curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola

– actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía

– exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear

– servicios esenciales de mantenimiento y fumigación

– mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos

– inscripción, identificación y documentación de personas.

Las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N° 297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del artículo 6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.

En todos estos casos, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.

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