El Municipio habilitó el ingreso de propietarios no residentes

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Lunes 21 de Septiembre de 2020 – El Municipio de General Alvarado, a través de los Decretos N° 1657, 1658, 1659 y 1660, dispuso restricciones a las diversas actividades comerciales, a la circulación y permanencia en espacios públicos desde el 21 de septiembre hasta el 11 de octubre de 2020.

El municipio informó que, en las últimas semanas, la creciente cantidad de contagios se debieron a reuniones sociales y se han detectado numerosas fiestas clandestinas. El horario de cierre de actividad, señalaron, permitirá que la policía pueda realizar un mayor control de la circulación y evitar que este tipo de encuentros se realicen.

Los bares y restaurantes no cerrarán porque no se han detectado contagios producto de asistir a ellos, señalaron desde el municipio, y agregaron que se debe a que en dichos comercios se respetan los protocolos vigentes.

Bares y restaurantes

A partir del jueves 24, los locales gastronómicos contarán con un sistema de turnos previos, con el DNI, que permitirá a la policía identificar a las personas que fehacientemente acudan a un bar o restaurante.

Cierra el Skatepark

Se tomó la decisión porque es una actividad que fue abierta con protocolo y no se estaban cumpliendo. A lo largo de estas semanas el municipio insistió en un mayor control pero varios usuarios continuaron sin respetar el protocolo.

Propietarios no residentes

Ante la proximidad de la temporada 2020/21, el ejecutivo municipal también buscó dar respuestas a la demanda de los propietarios no residentes y/o a ciudadanos con intenciones de residencia efectiva.

A raíz del aislamiento social y obligatorio, varios propietarios de inmuebles de General Alvarado que no residen en el distrito no han podido visitar sus inmuebles a los propietarios. En este sentido, el ejecutivo municipal establecerá un sistema de habilitación para la llegada de propietarios no residentes y/o ciudadanos con intenciones de residencia efectiva, bajo ciertas normas.

-Se implementará en el ámbito de la Subsecretaria de Seguridad de la Municipalidad de General Alvarado la “Declaración Jurada Sanitaria” para el ingreso y estadía segura para propietarios no residentes o ciudadanos con intenciones de establecer residencia efectiva, encuadrados en las excepciones previstas en el DNU Presidencial 297/20 y sus medidas
complementarias.

-A los efectos de ingreso y estadía en el partido, el propietario no residente o inquilino deberá cumplir con el aislamiento obligatorio y preventivo por 14 días máximos en el domicilio. Finalizado los catorce días, podrá circular libremente en el Partido una vez expedido el certificado de cumplimiento de aislamiento social, preventivo y obligatorio por la autoridad competente. En caso de contar con el Alta por Covid-19 podrá exceptuarse del cumplimiento del aislamiento obligatorio, para lo cual deberá adjuntar documentación referida a estudios serológicos (detección de Anticuerpos IGG reactivos/positivos e IGM no reactivos/negativos) (Alta SISA, u otro alta firmado por autoridad sanitaria competente).

-El ingreso de los propietarios no residentes al distrito de General Alvarado se establecerá con un cupo diario, de acuerdo la evolución epidemiológica del Partido. Se tendrán en cuenta los ingresos tanto individuales como grupos familiares, realizando una preinscripción a través del sitio web oficial del municipio.

Con esta medida, el municipio busca dar solución a los propietarios no residentes en relación a necesidades que requieren de su presencia en General Alvarado o ciudadanos con intenciones de establecer residencia efectiva; generar un contexto de seguridad sanitaria tanto para quienes visitan esta jurisdicción y para quienes residen; facilitar los controles al personal de seguridad en los accesos al Partido de General Alvarado, teniendo en cuenta la actual capacidad operativa en cuanto a recursos humanos y logísticos; obtener información útil para el sistema de salud local ante eventuales intervenciones y/o proyecciones; incorporar tecnología a la administración de ingresos, estadía y de casos de aislamiento
preventivo.

Pasos

Registro a través del sitio web oficial www.mga.gov.ar. La inscripción se realizará a partir del 20 de setiembre de 2020. Requisitos mínimos de la declaración jurada online: Declarar el motivo del viaje; acreditar la titularidad del inmueble; adjuntar documentación referida a estudios serológicos (IGG positivos IGM negativos) en caso de corresponder, o el alta SISA, u otro alta firmado por autoridad sanitaria competente; declarar la cobertura médica que posee; suscribir consentimiento referido al aislamiento obligatorio.

Informe Sanitario

Hay 5 nuevos casos confirmados de #coronavirus: se trata de 2 mujeres (entre 15 a 20 – 35 a 40 años edad) y 3 hombres (entre 25 a 30 – 35 a 40 – 40
a 45 años de edad) todos residentes de la localidad de Miramar con síntomas leves, aislamiento domiciliario y con monitoreo por agentes de la salud.



1 pensamiento sobre “El Municipio habilitó el ingreso de propietarios no residentes

  1. Considero injusto que se nos permita ingresar pq a los residentes les hace falta que consumamos; pero se nos restringe la circulación una vez en la ciudad. Cn el uso de barbijo y mantener la distancia de 2 metros debería ser suficiente. Ustedes los residentes no supieron mantener bajo control el virus, cn fiestas clandestinas y otros comportamientos deplorables, y nos van a tratar como si fuéramos leprosos?? La verdad que no deberían cobrarnos los impuestos si no somos bienvenidos, hasta que cambie la situación o se pueda inmunizar cn la vacuna. Cuando se estén cagando de hambre, espero implementen medidas lógicas y que no sean contradictorias. Para qué piden hisopado si tmb tenemos que guardar cuarentena?? Un virólogo por Geberal Alvarado, porfi! 😂

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