Casos sospechosos de Coronavirus

La información preliminar del INE (Instituto Nacional de Epidemiología, MDP) con respecto a los dos casos sospechados en la ciudad de Miramar detallados en el día de ayer, trae tranquilidad a los familiares de la paciente
internada en el Hospital Municipal “Dr. Marino Cassano”, al comprobarse que ha dado negativo para Coronavirus en la paciente de 83 años.

Si bien se esperaban los resultados para las siguientes 48 horas (en razón del fin de semana y del feriado siguiente), la condición de urgencia que impone esta pandemia, así como la existencia de reactivos y de personal en guardia permanente, hizo adelantar la fecha de estos resultados, quedando pendiente el correspondiente a la paciente de más de 90 años internada en la Clínica “Mitre” de la ciudad.

Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventud

La Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventud en conjunto con la Dirección de Políticas de Género de la Municipalidad de General Alvarado informan que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación -a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia- junto al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, dispusieron medidas de excepción al Decreto N° 297/2020 para que madres y padres puedan trasladar a sus hijas/os niñas, niños y adolescentes:

1) Cuando al momento de entrar en vigencia la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio el niño, niña o adolescente se encontrase en un domicilio distinto al de su centro de vida, o al más adecuado al interés superior del niño, niña o adolescente para cumplir el aislamiento social mencionado. El traslado debe ser realizado por única vez

2) Cuando uno de los progenitores por razones laborales, que se inscriban en algunos de los incisos del artículo 6 del Decreto N° 297/2020 de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño, niña o adolescente; pueda trasladarlo al domicilio del otro progenitor, familiar o referente afectivo

3) Cuando por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior del niño/a, pueda trasladar al hijo al domicilio del otro progenitor. Para realizar el traslado deberá tener en su poder el DNI del niño, niña o adolescente y una declaración jurada que se puede descargar en argentina.gob.ar/desarrollosocial ,si bien no es necesario imprimirla, se puede copiar a mano.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.