A partir de hoy rige la alícuota cero para productos de la canasta básica

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Este viernes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 567/2019 del Poder Ejecutivo Nacional en donde se dispone alícuota de cero por ciento para el IVA a productos de la canasta familiar, el que regirá hasta el 31 de diciembre.


Los productos:


a. Aceite de girasol, maíz y mezcla.
b. Arroz.
c. Azúcar.
d. Conservas de frutas, hortalizas y legumbres.
e. Harina de maíz.
f. Harinas de trigo.
g. Huevos.
h. Leche fluida entera o descremada con aditivos.
i. Pan.
j. Pan rallado y/o rebozador.
k. Pastas secas.
l. Yerba mate, mate cocido y té.
m. Yogur entero y/o descremado.

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